Antes de nada, perdón por mi desconocimiento. Estoy poniendo en marcha una página web de intermediación entre clientes y proveedores, la funcionalidad es sencilla:un cliente A pide un servicio, la petición se hace púbica. Varios proveedores presentan ofertas al cliente A y el cliente A, si es que quiere, escoge una de ellas. En cuanto el cliente escoge una de las ofertas puede optar por:
1.- Paga la parte correspondiente a nuestra comisión a través de una cuenta de Paypal de nuestra propiedad, y acordar el resto del pago al proveedor.
2.- Pagar el servicio completo a través de una cuenta de Paypal de nuestra propiedad. En este caso nosotros realizaríamos una trasferencia al proveedor por el importe total menos nuestra comisión.
Pongamonos en el caso nº 2, el cliente paga todo el servicio a través de nuestra página e ingresa en nuestra cuenta. ¿Podemos facturar al proveedor la comisión y que sea el proveedor el que facture al cliente el total del servicio?. La duda nos surge porque como el ingreso se hace en nuestra cuenta no sabemos si debemos facurar directamente a quien nos paga, o podemos trasferir el dinero al proveedor, como si le hubieran pagado a él, que él facture al cliente, y nosotros facturar la intermediación al proveedor.
Sobre el comercio electrónico, te puedo aportar esta información:
COMERCIO ELECTRONICO:
Ventajas para las empresas
• Mejoras en la distribución
• Comunicaciones comerciales por vía electrónica
• Beneficios operacionales: El uso empresarial de la Web reduce errores, tiempo y sobrecostes en el tratamiento de la información.
Usos del comercio electrónico
El comercio electrónico puede utilizarse en cualquier entorno en el que se intercambien documentos entre empresas: compras o adquisiciones, finanzas, industria, transporte, salud, legislación y recolección de ingresos o impuestos. Ya existen compañías que utilizan el comercio electrónico para desarrollar los aspectos siguientes:
• Creación de canales nuevos de marketing y ventas.
• Acceso interactivo a catálogos de productos, listas de precios y folletos publicitarios.
• Venta directa e interactiva de productos a los clientes.
• Soporte técnico ininterrumpido, permitiendo que los clientes encuentren por sí mismos, y fácilmente, respuestas a sus problemas mediante la obtención de los archivos y programas necesarios para resolverlos.
Mediante el comercio electrónico se intercambian los documentos de las actividades empresariales entre socios comerciales. Los beneficios que se obtienen en ello son: reducción del trabajo administrativo, transacciones comerciales más rápidas y precisas, acceso más fácil y rápido a la información, y reducción de la necesidad de reescribir la información en los sistemas de información.
La principal normativa, la básica, viene determinada por el Ministerio de Industria y Comercio, a través de la Ley 34/2002, 11 Julio, de Servicios de la Sociedad de la Información y de comercio Electrónico.
A su vez, como introdución al mundo del Comercio Electrónico, existe editada la denominada "LA LEY DE INTERNET FACIL", por el mismo Ministerio, que viene a ser un extracto de la normativa básica sobre el Comercio Electrónico, en sus aspectos mas fundamentales, que a continuación mostramos:
Hola, a información muy interesante la que dan. Yo conocí una página interesante hace poco, ofrecen un programa de facturación online. Antes tenían a opción de poder probarlo de manera gratuita no se siga vigente la prueba.
La prueba gratuita a mi me sirvió para faturar a un cliente que me pidió factura por un trabajo pequeño. Aunque hasta el momento no he vuelto a utilizar el sistema.
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