En la sección de creación de empresas de la página, la compañera del foro emarzán, ha hecho un articulito sobre ¿qué es?, y como se crea una comunidad de bienes, breve, sin ser muy técnico pero yo creo que muy útil para la gente que no está familizrizada con términos muy técnicos, que os parece y que añadiríais al artículo?
Yo, respecto a las Comunidades de Bienes, como cualquier otra de responsabilidad civil, la única pega que veo es lo referente a las responsabilidades.
Mientras en una Sociedad Jurídica se reponde con el capital social, en una de responsabilidad civil se responde con los bienes particulares. En el resto del trabajo, trámites e impuestos, igual que un autónomo.
Y por otra parte, la posibilidad de ahorro en los trámites de constitución, no es suficiente "atractivo" para el caso. Casi nadie mira este detalle.
No es más que una "agrupación" de autónmos. Y ya sabeis eso de "buey solo bién se lame".
Es mi opinión particular.
PD. Como vereis soy un "asco" como critico. (Es mi condición natural). Pero creo que éstos detalles, también merece la pena a tener en cuenta.
Es un arma de doble filo, por un lado, para los jóvones que no disponen de muchos recursos, es interesante por lo rápida en su creación y lo económico de la misma, si lo que queremos es "asociarnos".
El problema es que cuando somos jóvenes, tenemos poco conocimiento y somos muy dados a pifiarla, y como dice RUNO, amigo!! ahí entran los bienes particulares y no necesariamente los bienes del que la ha "cagado".
Desde luego, y como hemos visto ya, la Comunidad de Bienes tiene unas cuantos inconvenientes, entre ellos la responsabilidad ilimitada de sus socios, y no es la foma empresarial más adecuada para una actividad económica arriesgada.
De todas maneras, porque constituir una empresa requiere sentarse y hablar de un proyecto, sus necesidades económicas y proyección de futuro. La Comunidad de Bienes no tiene por qué ser descartada de plano por aquellos jóvenes empresarios que la ven cómo una buena alternativa a un proyecto empresarial y que, no pueden al comienzo de sus actividades hacer frente a, por ejemplo los costes de un gestor contable, que se presenta como obligatorio en una Sociedad Limitada.
Para una Comunidad de Bienes, además, resulta fácil obtener préstamos, aunque no subvenciones, pues son avalados por cada uno de los socios. El problema de la responsabilidad ilimitada, puede mitigarse, aunque no solventarse del todo con un Seguro de responsabilidad civil.
En fin, que aunque no perfecta, y con cuidado puede ser una forma jurídica para una pequeña empresa a corto plazo. Es verdad que en el ámbito mercantil puede no presentar demasiada credibilidad y verse como una agrupación de amigos que juegan a ser empresarios, pero también hay quíen contrata por la calidad del servicio ofrecido sin mirar a la forma jurídica de quíen se lo ofrece.
Tengo por algún sitio "archivado" todas las formas posibles de constituir una Empresa. Tanto Civililes, como Jurídicas, con sus requisitos, obligaciones, formalidades, etc. Asi cada uno, podrá efectuar comparativos, y que luego decida. Pero conveniente que conozaca todas las fórmula sposibles.
Tan pronto tenga tiempo, lo buscaré y lo incorporaré al post.
eso está muy interesante, casi mejor podríamos ir haciendo un post con cada una de ellas para así ir teninedo comentarios y consultas de la gente específicas de cada forma jurídica o incluso después de ello incorporarlo también como artículos de la web
Yo, respecto a las Comunidades de Bienes, como cualquier otra de responsabilidad civil, la única pega que veo es lo referente a las responsabilidades.
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Queria dejar constancia que recientemente he asegurado mi empresa (PYME de fabricación de cocinas) con un agente de Barcelona por un precio y una coberturas muy buenas, el telefono es XXXXXXXXX se llama canto i fills, la atención a sido muy buena y queria dejarlo para que otros puedan acceder, también contrare el seguro de responsabilidad civil por muy buen precio.
Un saludo
Editado por alvaro en 30-oct-2008 a las 12:41
Razón: no publicidad